Restricciones a la campaña
Según el artículo 71, inciso f), del Código Electoral provincial, los actos públicos de proselitismo quedan prohibidos desde 48 horas antes de la apertura de las urnas y hasta su cierre. Esto incluye caravanas, concentraciones, reparto de propaganda y cualquier otra acción destinada a captar votos.
La medida apunta a que los ciudadanos puedan definir su elección sin presiones externas y en un marco de competencia justa entre las fuerzas políticas.
Prohibiciones adicionales
El marco normativo establece además que, desde 12 horas antes y hasta tres horas después de finalizado el comicio, está vedado:
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Portar banderas, distintivos o cualquier símbolo partidario.
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Vender o consumir bebidas alcohólicas.
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Realizar reuniones públicas que no cuenten con autorización.
Estas disposiciones buscan preservar la tranquilidad y el orden durante la jornada electoral.
Diferencias con el ámbito nacional
A diferencia de lo que ocurre en elecciones nacionales, en Corrientes no rige la prohibición de inaugurar obras públicas ni lanzar programas de gobierno durante los 25 días previos a los comicios.
Esa restricción está contemplada en el artículo 64 quater del Código Electoral Nacional, pero solo se aplica en elecciones nacionales y no en las provinciales.