Veda electoral en Corrientes: qué actividades están prohibidas antes de las elecciones

De cara a los comicios provinciales, el Código Electoral de Corrientes establece una serie de restricciones que buscan garantizar la equidad y la neutralidad en la jornada electoral. Entre ellas, se prohíben los actos proselitistas, el consumo de alcohol y la portación de símbolos partidarios en las horas previas a la votación.

Restricciones a la campaña

Según el artículo 71, inciso f), del Código Electoral provincial, los actos públicos de proselitismo quedan prohibidos desde 48 horas antes de la apertura de las urnas y hasta su cierre. Esto incluye caravanas, concentraciones, reparto de propaganda y cualquier otra acción destinada a captar votos.

La medida apunta a que los ciudadanos puedan definir su elección sin presiones externas y en un marco de competencia justa entre las fuerzas políticas.


Prohibiciones adicionales

El marco normativo establece además que, desde 12 horas antes y hasta tres horas después de finalizado el comicio, está vedado:

  • Portar banderas, distintivos o cualquier símbolo partidario.

  • Vender o consumir bebidas alcohólicas.

  • Realizar reuniones públicas que no cuenten con autorización.

Estas disposiciones buscan preservar la tranquilidad y el orden durante la jornada electoral.


Diferencias con el ámbito nacional

A diferencia de lo que ocurre en elecciones nacionales, en Corrientes no rige la prohibición de inaugurar obras públicas ni lanzar programas de gobierno durante los 25 días previos a los comicios.

Esa restricción está contemplada en el artículo 64 quater del Código Electoral Nacional, pero solo se aplica en elecciones nacionales y no en las provinciales.

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